DONA - COLABORA
Nuestra entidad se encuentra adscrita a la Ley 49/2002, ello implica que cualquier donante, socio y/o colaborador se verá beneficiado por sus deducciones fiscales.
La ley de IRPF establece tres casos para los donantes particulares, que debemos tener en cuenta para nuestra declaración de la Renta:
- Los primeros 150 € donados tienen una deducción del 75 %.
- El resto de las donaciones que se sitúen por encima de los 150 € desgravan un 30 %.
- Las donaciones recurrentes deducen un 35 %. Esto es, cuando un particular dona la misma cantidad o una cantidad superior a la misma organización en los dos años anteriores.